El Ingeniero de Estudio TREO, de pie, revisa y anota la carpeta con la documentación de un expediente de instalación térmica, sobre la mesa de trabajo de la oficina

El trámite

¿Cómo es el trámite del plano de instalación térmica?

Todo se presenta por Tramitación a Distancia, con usuario miBA nivel 3, y lo registra la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, en Av. Martín García 384. Antes de hablar de formularios hay que elegir el tipo de trámite, porque cada uno pide otra cosa.

Qué se pide

Cuatro trámites, según el momento

En TAD se elige el registro de plano de instalación térmica y, en el formulario de la tarea, el documento que se quiere obtener. Cada uno se rige por una norma distinta y tiene sus propios requisitos.

Antes de instalar

Permiso de ejecución

Con o sin relación a una obra civil. En los proyectos nuevos rige la norma vigente al iniciar el trámite, salvo que después aumente la superficie o cambie el uso. El permiso da dos años para terminar la instalación, y modificarlo exige una actuación nueva.

Al terminar

Conforme a obra

Es obligatorio: refleja lo efectivamente ejecutado y se verifica contra el permiso. Va «con modificaciones» si cambió o se sumó un uso, aumentó la superficie o se redimensionó algún componente. Rige la norma del registro previo.

Por etapas

Conforme parcial

Si un sector tiene independencia funcional, está en condiciones de usarse según lo declarado y cumple íntegramente la norma, se puede registrar su conforme antes de terminar el resto. No reemplaza el conforme total.

Si ya está hecha

Regularización

Para instalaciones ejecutadas sin permiso, según el artículo 2.1.15 del Código. Rige la norma vigente al presentar, y lo antirreglamentario no se regulariza: primero hay que adecuarlo. En térmicas, además, se presenta el certificado de fabricación de prototipo.

Lo que va al expediente

La documentación del permiso

  • Los formularios de TAD, iniciados con usuario miBA nivel 3.
  • El plano en formato .dwf, en la carátula reglamentaria de instalaciones.
  • El Informe de dominio del Registro de la Propiedad Inmueble, que vale noventa días hábiles desde su emisión.
  • Las encomiendas visadas por el Consejo profesional: la del proyectista en todos los casos, la del instalador si el trámite no está asociado a una obra civil y la del director de obra si existe ese rol.
  • Si lo inicia un inquilino o un concesionario, la autorización del propietario.
  • En propiedad horizontal, la conformidad de los copropietarios, si la obra afecta partes comunes.

Un requisito propio

El certificado de fabricación de prototipo

En el reglamento de trámites de instalaciones hay un solo requisito exclusivo de las térmicas: en la regularización, «deberá presentar el certificado de fabricación de prototipo». No se pide en el permiso ni en el conforme.

Detrás está otro trámite, el registro de plano de prototipo de equipos, con el que se homologan, entre otros, los calefactores de cámara estanca y las calderas de vapor de alta presión. Si el equipo instalado no tiene ese respaldo, conviene saberlo antes de presentar.

Lo que hay que dibujar

Qué lleva el plano térmico

El RT-020102-010300-02, que fija el formato y el contenido de los planos de instalaciones, tiene un cuadro con lo que lleva cada rubro. Esta es la fila de la instalación térmica, tal como está en su versión de diciembre de 2024.

RT-020102-010300-02, versión 2, cuadro de contenido de la documentación, fila «Instalación Térmica».
PiezaQué pide
Carátula, croquis de localización y simbologíaSí
Referencias gráficass/c; rayado a 45° para los equipos ya habilitados y la superficie no afectada a la tramitación
Plantas1:100 · detalles 1:50
Cortes/c
DetallesAlta 1:10
EsquemasSí, sin escala
Memoria descriptivaCalderas de alta presión: sí, más cálculo
Planilla arancelariaNo; descripción de generadores, capacidades y elementos alimentados

Leído en limpio: plantas a 1:100 con detalles a 1:50 y, en alta presión, a 1:10; esquemas sin escala; los equipos ya habilitados, rayados a 45°, y la descripción de los generadores, sus capacidades y lo que alimentan. La memoria con cálculo es sólo para las calderas de alta presión. Lo que el cuadro abrevia como «s/c» el reglamento no lo define.

Propiedad horizontal

La conformidad de los copropietarios

El reglamento pide la conformidad de los copropietarios «con la certificación correspondiente ante Escribano Público, indicando que el mismo corresponde al 100% de los copropietarios o las mayorías de acuerdo con las exigencias determinadas en el Código Civil y Comercial de la Nación».

La guía de trámites de la Ciudad la pide cuando la obra afecta partes comunes, que es lo habitual con una caldera central. Si es tu caso, conviene arrancarla primero: en nuestra experiencia, la gestión ante el escribano suele tardar más que el dibujo del plano.

Al final

Los planos firmados

Cuando el analista aprueba, se cargan los últimos planos revisados en PDF firmado digitalmente. Si el profesional todavía no registró su firma digital, la guía admite una declaración jurada profesional.

Si hay dudas sobre una observación, la guía permite pedir una entrevista con el analista técnico, presencial o virtual, por BA Colaborativa.

Los plazos

Dos relojes para contestar

El reglamento de trámites de instalaciones y la guía oficial del trámite térmico fijan cuánto tiempo hay para responder cada tipo de observación. Si se vencen, el expediente se archiva.

Administrativo

7 días corridos

Para subsanar documentación vencida, en blanco o faltante, una carátula que no es la reglamentaria o un solicitante mal acreditado. Si no se subsana, el expediente pasa a guarda temporal.

Técnico

45 días corridos

Para contestar todas las observaciones del analista, que llegan con un plano marcado en .dwf. El cumplimiento parcial no prorroga el plazo; si aparecen observaciones nuevas, se renueva por otros 45 días.

La tercera vez

Se archiva igual

Si una misma observación se reitera por tercera vez, el expediente se archiva aunque el plazo no haya vencido. Por eso seguimos el trámite hasta el registro y contestamos cada observación completa.

Un expediente archivado obliga a volver a juntar la documentación, empezando por un Informe de dominio vigente. Contestar a tiempo y completo es lo que más acorta el trámite.

Después del registro

El conforme a obra cierra el ciclo

Registrar el permiso no termina el trámite. El artículo 2.1.12 del Código dice que el propietario, los profesionales y los ejecutores deben solicitar el registro de la documentación conforme a obra, que deja asentado lo que efectivamente se ejecutó y se compara con el permiso.

Si hace falta, la Dirección General de Registro de Obras y Catastro pide una Inspección a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, de la Agencia Gubernamental de Control, que es la que controla las instalaciones térmicas.

La firma

Alguien pone la matrícula

El reglamento establece que las tramitaciones «serán registradas bajo la responsabilidad profesional de quien hubiere asumido la responsabilidad técnica en el expediente». En los conformes y en las regularizaciones, lo que se vuelca en los planos tiene carácter de declaración jurada.

En el Estudio, el que releva la sala de máquinas y proyecta es el que firma y el que responde ante el organismo.

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